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Ayuda Escolar Anual 2025: cómo se paga, quiénes la reciben y qué cambia este año

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El inicio del ciclo lectivo suele implicar una serie de gastos extras para las familias argentinas con hijos en edad escolar. Ante este panorama, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) pone en marcha cada año una prestación económica pensada para acompañar ese momento clave. Se trata de la Ayuda Escolar Anual, un beneficio de pago único que representa un alivio para quienes tienen hijos en los niveles inicial, primario o secundario.

Para 2025, el Gobierno oficializó cambios en el monto y en las condiciones de asignación, lo que generó consultas y dudas entre los beneficiarios.

Cuánto se cobra por la Ayuda Escolar Anual en 2025

Según lo establecido en el decreto 63/2025, el valor total de la Ayuda Escolar se fijó en $85.000, monto que se aplica de manera general para todos los beneficiarios que cumplan con los requisitos.

A diferencia del año anterior, ya no se otorga el refuerzo extraordinario de $70.000, que se había sumado en 2024 por motivos de emergencia económica. Esto redujo el total desde los $135.000 de entonces a los $85.000 actuales.

Además, en los casos en que la asignación percibida sea menor a ese monto, ANSES abonará un refuerzo por única vez que cubre la diferencia hasta alcanzar los $85.000.

¿El monto se actualiza por inflación (IPC)?

Una de las dudas más frecuentes entre madres, padres y tutores es si el monto se ajusta por inflación, tal como ocurre con otras prestaciones sociales. Desde ANSES se aclaró que:

  • La Ayuda Escolar 2025 no se ajusta por IPC.
  • El valor permanece fijo durante todo el año, sin importar el mes en que se presente el certificado o se cobre el beneficio.

Esto implica que quienes aún no hayan recibido el pago seguirán percibiendo los $85.000 establecidos inicialmente, incluso si lo hacen en el segundo semestre.

Quiénes pueden cobrar la Ayuda Escolar

El beneficio está dirigido a titulares de diferentes asignaciones:

  • Asignación Familiar por Hijo
  • Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad
  • Asignación Universal por Hijo (AUH)
  • Asignación Universal por Hijo con Discapacidad

En todos los casos, los menores deben estar escolarizados en nivel inicial, primario o secundario, y la acreditación de escolaridad es obligatoria para acceder al pago.

Para hijos con discapacidad, no hay límite de edad, siempre que asistan a una institución educativa o participen en un programa de rehabilitación autorizado.

Cuándo se paga la Ayuda Escolar 2025

La asignación suele pagarse de forma automática entre marzo y abril, junto con la AUH o la Asignación Familiar correspondiente.

Sin embargo, si no se recibió el pago en ese período, aún es posible cobrarlo una vez que se presente el certificado de escolaridad, cumpliendo con los pasos indicados por ANSES.

El organismo aclara que desde la presentación del certificado hasta el cobro pueden pasar hasta 60 días.

Cómo hacer el trámite para cobrar la Ayuda Escolar

Para recibir la Ayuda Escolar, los titulares deben acreditar la escolaridad de los menores a cargo. El procedimiento se puede hacer de forma online desde la plataforma Mi ANSES o desde la web oficial del organismo.

Pasos para presentar el certificado:

  • Ingresar a Mi ANSES con CUIL y Clave de Seguridad Social.
  • Ir al apartado “Hijos” y seleccionar “Presentar Certificado Escolar”.
  • Generar el certificado para cada hijo. Completá los datos requeridos y seleccioná “Generar”.
  • Imprimir el formulario y llevarlo al establecimiento educativo para que lo completen y firmen.
  • Volver a ingresar a Mi ANSES, elegir la opción “Subir Certificado” y cargar una foto del formulario firmado, desde el celular o la computadora.

Una vez aprobado, el pago se efectiviza dentro de los 60 días posteriores.

Requisitos principales para acceder al beneficio

Para acceder a la Ayuda Escolar Anual, es necesario:

  • Ser titular de alguna de las asignaciones mencionadas.
  • Tener hijos escolarizados en edad escolar obligatoria.
  • Presentar el certificado de alumno regular emitido por la institución educativa.
  • En casos de discapacidad, presentar además la constancia de rehabilitación o escolaridad especial, si corresponde.

La prestación tiene carácter de pago único y se otorga una vez por año por cada hijo.

Qué pasa si no se presenta el certificado

En caso de no presentar el certificado de escolaridad, no se podrá acceder al pago, incluso si se cumple con el resto de los requisitos. Por eso, es fundamental hacer el trámite en tiempo y forma.

El sistema también permite verificar si el certificado ya fue presentado o si falta completar algún paso, ingresando con CUIL y clave al portal de Mi ANSES.

Fuente: InfoZona

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