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Congreso debatirá un nuevo monotributo digital para regular a quienes trabajan en plataformas y servicios online

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El crecimiento del trabajo digital en Argentina abrió un escenario donde miles de personas generan ingresos a través de plataformas, aplicaciones o servicios online, muchas veces sin un marco jurídico específico. En este contexto, avanzó en el Congreso un proyecto que busca otorgar una regulación formal a este tipo de actividad y definir obligaciones y derechos adaptados a la economía digital.

Qué propone el proyecto del monotributo digital autónomo

La iniciativa presentada en la Cámara de Diputados establece la creación del “Monotributo Digital Autónomo”, un subrégimen dentro del Régimen Simplificado previsto en la ley 24.977. Según el texto, el objetivo es formalizar la actividad digital, garantizar seguridad jurídica y previsional, y promover condiciones laborales sostenibles.

El proyecto define como trabajador digital autónomo a toda persona física que desarrolla actividades económicas sin relación de dependencia, utilizando medios digitales, ya sea dentro o fuera del país. El subrégimen alcanzaría a una amplia variedad de modalidades:

  • Plataformas de intermediación digital, como aplicaciones de reparto, transporte, comercio electrónico o tareas bajo demanda.
  • Servicios ofrecidos desde sitios web, redes sociales o tiendas virtuales propias, sin intermediarios.
  • Actividades de teletrabajo o trabajo remoto independiente, siempre que no exista relación laboral.
  • Producción de contenidos y servicios digitales: desarrollo de software, diseño, marketing digital, docencia virtual, audiovisual y creación en streaming o redes sociales.
  • Exportación de servicios digitales realizada por trabajadores con residencia fiscal en Argentina.

El proyecto aclara que abarca todas las actividades económicas desarrolladas en entornos digitales, siempre que el trabajador resida fiscalmente en el país.

Obligaciones fiscales y operativas previstas

El Monotributo Digital Autónomo funcionaría como un subrégimen dentro del actual sistema simplificado. Esto implica que los trabajadores deberán cumplir una serie de requisitos para operar de manera formal dentro de la economía digital.

Entre los puntos más relevantes se incluyen:

  • Facturación electrónica obligatoria, emitida mediante CUIT por cada operación realizada.
  • Aportes previsionales vinculados a la categoría correspondiente.
  • Compatibilidad con otras actividades económicas, siempre que no impliquen relación laboral de dependencia.

Según los fundamentos, la propuesta busca regular la situación de quienes hoy trabajan mediante plataformas como Uber, Rappi, Fiverr o Upwork, así como profesionales que exportan servicios digitales, quienes en muchos casos operan en informalidad o con escasa protección previsional.

Derechos laborales y acceso a información transparente

Aunque el régimen mantiene el carácter autónomo y flexible de este tipo de actividad, incorpora un conjunto de derechos básicos para quienes trabajen bajo esta modalidad:

  • Autonomía para definir horarios y organización del trabajo.
  • Libertad para prestar servicios a múltiples clientes o plataformas.
  • Acceso a cobertura previsional y de salud a través del régimen correspondiente.

El proyecto también introduce un concepto novedoso para la legislación argentina: la Transparencia Algorítmica. Este punto obliga a las plataformas digitales a brindar información clara sobre:

  • Criterios de asignación de tareas.
  • Políticas de remuneración.
  • Funcionamiento de algoritmos de evaluación.
  • Condiciones para suspensiones o bajas de cuentas.
  • Términos de servicio y parámetros utilizados para la administración de la actividad.

La propuesta, impulsada por la diputada nacional Lourdes Micaela Arrieta, busca adecuar la normativa local al avance de la digitalización y toma como referencia experiencias internacionales, como la Ley Rider en España, el régimen MEI en Brasil y disposiciones vigentes en Chile.

Cómo se incorporaría al régimen tributario vigente

El nuevo esquema se sumaría a la ley 24.977 bajo la denominación “Título VI BIS – Régimen Especial de Trabajadores Digitales Autónomos”, ampliando así el marco jurídico del monotributo para adaptarlo a las necesidades del ecosistema digital en expansión.

Fuente: InfoZona

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