
Desde noviembre de 2025, las billeteras virtuales en la provincia de Buenos Aires se convertirán en Agentes de Recaudación de Ingresos Brutos, similar a lo que ya ocurre con los bancos. Esta medida, anunciada por la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA), ha suscitado un sinfín de debates, generando confusión en el público, una situación que las autoridades han atribuido a una supuesta “campaña de desinformación electoral”.
¿Cómo funcionará el sistema de retenciones?
El nuevo mecanismo, que se implementará a través del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), contempla un rango de retención que variará entre el 0,1% y el 5%, dependiendo del tipo de actividad del contribuyente. Las autoridades explican que “el objetivo es garantizar la equidad en el sistema”, ya que hasta la fecha, solo quienes operaban a través de bancos estaban sujetos a retenciones.
La ARBA enfatiza que esto no se traduce en un nuevo impuesto y que las retenciones se aplicarán únicamente a un grupo limitado de contribuyentes vinculados a actividades económicas. Esto busca evitar privilegios entre diferentes medios de pago.
Exclusiones y casos específicos
Es importante señalar que operaciones cotidianas, como transferencias entre cuentas personales, envíos de dinero a familiares o el pago de deudas informales, no estarán sujetas a retención. Algunos ejemplos incluyen:
- Cargar saldo en una billetera virtual desde una cuenta bancaria propia no implica retenciones.
- Recibir ayuda familiar o préstamos informales tampoco está incluido.
- Los monotributistas inscriptos en el régimen de Ingresos Brutos Simplificado (IBS) tampoco tendrán retenciones.
ARBA ha informado que las retenciones se aplicarán exclusivamente a quienes estén alcanzados por el tributo, desestimando afirmaciones de que afectarán a todas las billeteras virtuales.
Nuevas normativas y facilidades para los contribuyentes
Las entidades que provean servicios de pago estarán obligadas a implementar estas recaudaciones. Según el tributarista Sebastián Domínguez, esto incluye a cualquier empresa que opere cuentas de pago. Para mitigar problemas acumulativos que puedan surgir, la provincia ha establecido un nuevo régimen que aumenta en un 250% el límite para solicitar la devolución de saldos a favor, elevándolo de $1.000.000 a $3.500.000.
En el caso de fusiones o absorciones de empresas, la obligación de recaudar se trasladará a las entidades continuadoras para asegurar el cumplimiento normativo.
En resumen, la reforma establece un panorama fiscal más equitativo y estructurado para los contribuyentes en la provincia, creando un entorno más claro en cuanto a las responsabilidades fiscales relacionadas con las billeteras virtuales.
Fuente: InfoZona
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