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Cómo es la reestructuración de la Policía Federal Argentina que se inspira en el FBI: ciberpatrullaje sin órdenes judiciales y una nueva misión

La Federal Bureau of Investigation (FBI) de Estados Unidos es el modelo de inspiración del nuevo Estatuto de la Policía Federal Argentina (PFA), que ahora tiene nuevos objetivos y también facultades que profundizan las instrucciones de la ministra de Seguridad Patricia Bullrich.

La reconversión de la fuerza de seguridad se anunció en un acto en la sede del Cuerpo de Policía Montada de la Policía Federal, de la mano del presidente Javier Milei y la ministra del área. Se formalizó a través del decreto 383/2025 publicado en el Boletín Oficial, que, en la parte de Anexos al final de todo, se detalla todo lo que en el texto principal queda ambiguo o vago.

No es solo una lavada de cara, sino algo más…

Los cambios son muchos, pero lo que más llamó la atención de los ciudadanos y de la prensa han sido las nuevas facultades que les habilitan a realizar ciberpatrullaje y requisas sin orden judicial. Entre los artículos del anexo, se menciona que a partir de ahora se le asignan a la PFA «tareas de prevención del delito en espacios públicos digitales, tales como redes sociales, sin necesidad de autorización judicial».

Los cambios se escudan en una reestructuración completa en la “concepción, reclutamiento, formación profesional, organización interna y función social de esta institución”, según lo comunicó el presidente. “Vamos a aprender de los mejores y a hacer las inversiones que hagan falta”, declaró, en referencia al FBI, y aseguró: “el Estado no puede tener menos capacidad técnica que los narcos y los terroristas”.

En la justificación de la medida se menciona la transferencia de ciertas funciones a la Policía de la Ciudad, “así como el surgimiento de nuevas amenazas delictivas, el crimen organizado internacional, los cambios sociales y tecnológicos ocurridos desde la aprobación en 1958 del mencionado Decreto-Ley N° 333 a la actualidad hacen necesario actualizar sus misiones”. También se indica que las soluciones tecnológicas serán financiadas con “el ahorro producido por la reducción de la cantidad de ingresantes”.

Además, se capacitará al personal actual en técnicas investigativas y se incorporará nuevo personal con experiencia en áreas como Abogacía, Psicología Social y Ciencias de la Computación. Todo esto en aras de convertir a la PFA en una fuerza principalmente abocada a la investigación criminal. Para ello, se creará el Departamento Federal de Investigaciones (DFI), que coordinará todo esto.

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Por otra parte, las controversias llevaron el foco a los incisos 7 y 8 del artículo 6 del anexo, que explicita que no es necesario probar que alguien cometió un delito o pudiese hacerlo, y que podrá ser detenido en una dependencia policial hasta por 10 horas. Además, esta fuerza podrá “registrar y calificar a las personas dedicadas habitualmente a una actividad que la policía debe reprimir”.

La crítica del CELS

En este sentido, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), una organización no gubernamental que aboga por la defensa de los DD.HH. y la democracia, realizó un análisis de los artículos que incorpora el nuevo estatuto. En un comunicado, advirtieron que la reforma por decreto otorga sustento legal a la fuerza para operativos como la represión de manifestaciones políticas en los accesos a la Ciudad. Algo que se viene haciendo desde hace rato.

Señalaron la gravedad de las detenciones arbitrarias y sobre el ciberpatrullaje como “la posibilidad de espiar fuentes abiertas (páginas de internet, plataformas, redes sociales) y la posibilidad de realizar requisas en situaciones indefinidas denominadas ‘operativos de prevención’”.

Por si fuera poco, el CELS alerta sobre la inconstitucionalidad del decreto: dice que la reforma excede las facultades del Poder Ejecutivo, incluso si se invocan las delegadas por la Ley Bases: «Lo que se está haciendo en los hechos no es una reforma administrativa, sino una transformación sustancial en seguridad –con un impacto en la vida privada, en la libertad de circulación, entre otras garantías–, que no fue delegada por la Ley Bases».

Fuente: Xataka.com.ar

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