
En mayo de 2025, el Gobierno nacional actualizó los criterios que determinan quiénes se incluyen dentro del Régimen de Casas Particulares y quiénes quedan fuera. Esta aclaración es clave para evitar errores al momento de registrar personal doméstico, garantizar el cumplimiento de la ley y proteger los derechos laborales.
¿Qué es el Régimen de Casas Particulares?
Este régimen contempla los derechos y obligaciones tanto de los empleadores como de quienes prestan tareas en un ámbito privado, como casas de familia, en actividades de limpieza, cocina, mantenimiento, cuidado de personas, entre otras. Está regulado por la Ley 26.844 y establece condiciones específicas de trabajo, aportes, licencias, obra social y salario mínimo.
Quiénes no se consideran empleados de casas particulares
A pesar de cumplir tareas similares, existen ciertos casos en los que las personas no son incluidas en el régimen y, por lo tanto, no tienen los mismos derechos ni obligaciones que las empleadas domésticas registradas. Estos casos son:
- Contratados por personas jurídicas: Si el vínculo laboral es con una empresa o entidad legal (no una persona física), no corresponde registrarlos bajo el régimen.
- Parientes del empleador: Incluye familiares directos como padres, hijos, hermanos, nietos, o convivientes sin una relación laboral definida.
- Cuidadores con funciones terapéuticas: Personas que realizan tareas vinculadas a la salud, como enfermeros/as, acompañantes terapéuticos o personal con formación específica.
- Choferes particulares: Si son contratados exclusivamente para manejar vehículos del grupo familiar, quedan excluidos del régimen.
- Convivientes sin relación laboral: Personas que viven en el hogar pero no realizan tareas remuneradas.
- Trabajadores con funciones mixtas: Si además de realizar tareas domésticas, trabajan en actividades comerciales o empresariales del empleador.
- Empleados por consorcios o barrios privados: Aquellos que prestan servicios para consorcios, clubes de campo o barrios cerrados tampoco son considerados parte del régimen, incluso si trabajan dentro de una vivienda particular.
¿Quiénes sí están incluidos?
Forman parte del régimen las personas que realizan:
- Limpieza, cocina, planchado y mantenimiento general del hogar.
- Tareas de cuidado no terapéutico de niños, adultos mayores o personas con discapacidad.
- Acompañamiento o asistencia personal dentro del hogar familiar.
Por qué es importante esta distinción
La correcta categorización de los trabajadores garantiza que:
- Los empleadores realicen los aportes y contribuciones correctos.
- Los empleados tengan acceso a cobertura médica, ART, vacaciones, aguinaldo y licencias.
- Se eviten conflictos legales por encuadres erróneos.
Conocer quiénes están dentro y fuera del régimen de casas particulares es esencial para cumplir con la legislación vigente y respetar los derechos laborales en el ámbito doméstico.
Fuente: InfoZona
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