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Primer acuerdo de la Corte con tres jueces y debate interno sobre la “guerra judicial”

La Corte Suprema de Justicia reanudó su actividad tras la feria judicial de verano, con solo tres jueces, tras la salida de Juan Carlos Maqueda y en su primer acuerdo firmaron 200 sentencias y -sin dar marchas con su decisión- debatieron opciones ante la resistencia que generó entre los jueces nacionales laborales, civiles, comerciales y penales el fallo que les impone que sus causas sean revisadas por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.

En su regreso a la actividad Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti -a pesar de las diferencias que exhibieron a fin del año pasado para resolver las cuestiones administrativas de la Corte- encontraron puntos de consenso para firmar dos centenares de causas.

Como la Corte tiene cinco jueces en su conformación legal, para que se pueda firmar una sentencia debe haber una mayoría de tres fallos en el mismo sentido. Es decir que los tres jueces deben acordar en todo. Si hay disidencias, deben entonces llamar a conjueces, que se sortean de una lista de presidentes de las cámaras federales de todo el país.

La Corte dejó firme una condena a cinco años de cárcel contra un joven borracho y drogado que mató con su auto a un empresario en Puerto Madero hace 6 años. También rechazó el planteo y dejó firme la condena a 4 años de un policía entrerriano que había tomado la jefatura de Concordia en 2013. La fuerza se autoacuarteló, se dejó a la Ciudad sin seguridad y se registraron saqueos en distintos comercios.

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También, en otra sentencia, le dieron vía libre a la subasta de una casa por la falta de cumplimiento de un pagaré, en una causa en donde se declaró la inconstitucionalidad de una ley de la provincia de Buenos Aires, dictada en 2012, para la “Protección de Vivienda Única y de Ocupación Permanente”.

Lo que el máximo tribunal ratificó es que no puede validarse que una legislación provincial impida el embargo y ejecución de la vivienda única de ocupación permanente sin necesidad de inscripción registral, porque ello se opone a la legislación nacional, que sí exige esa anotación. La Corte Suprema resaltó además que es el Congreso Nacional el encargado de determinar qué bienes se pueden embargar.

La causa se inició en marzo de 2009 como un juicio ejecutivo por el cobro de un pagaré suscripto por una maestra, Gabriela Perrone, por 30.000 pesos que no había sido cubierto ante su acreedor, Luis Raskovsky. En ese contexto, se decretó la subasta del 50 por ciento indiviso de la casa de la maestra de Castelar. La mujer reclamó evitar remate, en base a la Ley provincial 14432, e hizo hincapié en la protección de sus hijos, por entonces menores.

El 4 de octubre del 2013, la jueza de primera instancia decretó la inconstitucionalidad de esa ley y desestimó la suspensión de la subasta. La Cámara en lo Comercial confirmó la decisión. La deudora planteó un recurso extraordinario federal. Y ahora la Corte rechazó su petición y confirmó la inconstitucionalidad de la ley provincial que se enfrenta a la nacional.

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Mas allá de estos fallos, los jueces de la Corte conversaron en el acuerdo sobre la situación que planteó el fallo Levinas, que obligó a las cámaras civil, laboral, comercial y penal a que sus decisiones sean revisadas por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.

Los tribunales resisten esta decisión, La Cámara de Apelaciones en lo Comercial decidió convocar a un acuerdo extraordinario para el próximo lunes, la Cámara Civil expresó su rechazó en una acordada y la Cámara Laboral se reunió para tomar una posición al respecto.

También hubo un rechazo de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional que pidió suspender ese fallo conocido como Levinas y que la Corte reconsidere su decisión. Lo hizo en un escrito que presentó en la Corte y donde dijo que está legitimada por mas que no es parte en la causa.

Quien planteó sus objeciones, en este caso administrativas, es el procurador general de la Nación Eduardo Casal, que dijo a la Corte que sus fiscales nacionales no pueden litigar ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad. Por eso pidió suspender la vigencia del fallo Levinas hasta adecuar la cuestión normativa. Lo mismo hizo, pero mediante un pedido de revocatoria, la defensora general Stella Maris Martínez.

En la Corte no hay ninguna voluntad de revocar su propio fallo. Al contrario los jueces se mantienen firme en lo resuelto En la Corte ahora haya solo dos jueces con esta posición, Rosatti y Lorenzetti, y uno en disidencia, Rosenkrantz. El cuarto era Juan Carlos Maqueda que dejó el tribunal en diciembre al cumplir 75 años.

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En la Corte hablaron sobre las opciones en principio analizan que el planteo de la Asociación de Magistrados no tiene legitimidad porque la entidad no es parte en la causa. Al mismo tiempo, abrieron canales de diálogo con dos de las cámaras donde están los jueces disconformes con el fallo. No se habla de morigerarlo, sino de analizar medidas que hagan posible que siga funcionando el procedimiento judicial. Por eso algunos fuentes hablaron de que se explora la posibilidad de que se dicta una norma, que allane el camino para la actuación de los fiscales y defensores nacionales ante la justicia local.

Ante la dificultad que plantea que se apruebe una ley en el corto plazo se analiza la posibilidad de que la solución sea el dictado de un decreto de necesidad y urgencia que permita que sigan tramitando las causas sin que se frenen. Las cámaras nacionales estaban en la tesitura de forzar la llegada de nuevos reclamos a la Corte Suprema de Justicia para de algún modo obligarla a fallar como lo hizo en el precedente Levinas, una tarea difícil, ya que no cuentan con la misma mayoría.

Los pronunciamientos de las cámaras son parte de la guerra judicial de los jueces nacionales contra el fallo de la Corte Suprema de Justicia conocido como Levinas de la última semana del 2024. La Corte Suprema tomó la decisión de enviar las causas en apelación al Tribunal Superior de Justicia porteño mediante esa sentencia “Levinas”, que significó un avance en el reconocimiento de la autonomía judicial porteña.

También determinó que la “Corte local” se convierta en tribunal de alzada de las causa de los jueces civiles, laborales, comerciales y penales de la justicia nacional con asiento en la ciudad de Buenos Aires. Los jueces nacionales, que resisten el traspaso de la justicia nacional a la Ciudad, se oponen al cumplimiento del fallo de la Corte Suprema porque lo consideran ilegal, ya que entienden que modifica todo el sistema de funcionamiento del Poder Judicial a partir de la definición de una causa determinada.

Los fallos de la Corte Suprema no obligan a ninguna instancia inferior. Por eso, al echar mano a esa independencia judicial, es que las cámaras están trazando una estrategia para evitar que los casos en apelación vayan al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.

Entre esas causas se cuenta no solo el precedente del caso Levinas, que dio origen a este conflicto, sino la causa del Correo Argentino, donde la familia Macri pidió apartar a la jueza y a la fiscal que dispusieron la quiebra de la empresa ante una deuda millonaria que les reclama el Estado Nacional. Ahora esa causa la resolverá el Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de Buenos Aires, donde tres de sus cinco miembros tienen vínculos con Pro.

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