El Gobierno Nacional, junto al Ministerio de Seguridad, reconocen la importancia que han tomado las criptomonedas en el mercado, cómo modificaron las relaciones comerciales y las funciones que tienen como opción de ahorro. Es por ello que establecieron nuevos parámetros de confiscación y resguardo de cualquier tipo de evidencia relacionada con estos activos digitales.
“Que en los últimos años resulta cada vez más común en el marco de allanamientos de domicilios, órdenes de registros y secuestros de evidencia digital, que el personal especializado interviniente se encuentre con potenciales elementos de prueba relacionados con criptoactivos, los cuales poseen características propias que deben ser comprendidas”, sostiene y justifica el Decreto 117/2025.
Ante este contexto es que, apoyándose en la “Guía práctica para la identificación, trazabilidad e incautación de criptoactivos”, se aprobó un nuevo “Protocolo para la identificación recolección, preservación, procesamiento y presentación de evidencia digital” que, entre otras cosas establecerá prácticas estandarizadas para secuestrar estos activos como elementos de prueba durante cualquier procedimiento digital.
Las principales críticas que ha traído este anuncio es que, a partir de ahora, cualquier persona sospechosa de algún crimen (lavado de dinero, estafas, narcotráfico y financiamiento del terrorismo) pueda ver bloqueado el acceso a su dinero, al igual que se vulneren sus datos personales.
Esta nueva política contó con el apoyo de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito y contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
¿Qué implicaciones tienen estos cambios?
Según el medio iProUP, permitiría que cualquier fuerza especializada realice un allanamiento sin una orden judicial que lo avale y confiscar elementos personales sin pruebas que avalen la culpabilidad del acusado.
Además, viola el derecho a la privacidad, ya que todo el material descifrado podría contener información sensible del acusado; el secuestro de equipo antes de una condena o sin orden judicial, vulnera la presunción de inocencia y las posibles pérdidas que se pueden generar del dinero, las cuales son irrecuperables.
“Que, asimismo, la práctica demuestra la necesidad de actuar en la escena del hecho de manera rápida con el fin de evitar la alteración de los elementos de prueba o la transferencia indebida de los fondos que genere la pérdida de los mismos”, afirma el documento.
Para llevar a cabo estos controles, la Justicia iniciará investigaciones a personas bajo denuncia o sospechas e intentará recolectar “potenciales elementos de prueba”, tales como billeteras frías, celulares, computadoras o cualquier equipo electrónico. Después se verificará los contenidos y permitirá a los funcionarios gestionar, a través de un software, los activos digitales para su control y seguridad.
Fuente: Xataka.com.ar
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