Muchas personas creen que el plan de Seguro Social está exclusivamente dirigido para la jubilación de un trabajador en específico y, aunque en la mayoría de los casos es así, existe una excepción: el beneficio conyugal. Esta disposición le permite a las esposas o a los maridos del titular solicitar estos servicios para, así, obtener un ingreso extra.
Según indica USA Today, para aplicar a este, el cónyuge deberá cumplir con una serie de requisitos para poder obtener este beneficio. Y además, el monto que el beneficiario podría llegar a recibir puede variar según varios factores, que incluye la edad de jubilación completa, historial laboral y si sigue casado o no.
Que tener en cuenta a la hora de solicitar el beneficio conyugal del Seguro Social
¿Cuándo un cónyuge puede solicitar el beneficio del Seguro Social conyugal?
La edad mínima para que el poseedor del plan debe ser de al menos 62 años para poder pedir los beneficios conyugales. Además, para que el cónyuge pueda solicitar estos beneficios, el marido o esposa no tiene que haber alcanzado la edad de jubilación completa, la cual es entre los 66 y 67 años.
Sin embargo, si la pareja tiene un hijo menor a 16 años o con algún tipo de discapacidad, se le otorgará el derecho de recibir beneficios conyugales. Esto excepción aplica para los interesados de cualquier edad.
¿De cuánto es el monto del beneficio conyugal del Seguro Social?
La Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés) va a comparar el historial laboral del marido o la esposa del solicitante con los beneficios conyugales que podría recibir la pareja del individuo. Luego de realizar este análisis, la SSA elegirá el monto más alto de los dos.
El solicitante deberá pedir sus propios beneficios de jubilación y los conyugales al mismo tiempo. Este mecanismo fue adoptado por las autoridades federales a partir del año 2016 con el objetivo de evitar que las personas programen el momento en el que solicitan sus beneficios, tanto propios como conyugales, para ganar más dinero.
Además, de solicitar el beneficio conyugal del Seguro Social antes de alcanzar la jubilación propia plena, el monto se reducirá en un 25/36 del 1%. Aquellas personas que se jubilen más de 36 meses de anticipación a su jubilación plena, sufrirán una reducción de más de 5/12 del 1% por mes.
¿Vale la pena atrasar la solicitud para alcanzar la edad plena de jubilación?
Si el cónyuge del titular del Seguro Social espera a alcanzar la edad de jubilación completa, se verá beneficiado, ya que podrá aumentar sus beneficios de jubilación. Los nacidos a partir de 1943 verán un aumento de un 8% anual hasta los 70 años si existe algún tipo de demora en su solicitud. Esto podría significar un aumento máximo del 24% si el solicitante espera los tres años completos.
Sin embargo, retrasar la solicitud de los beneficios conyugales no es rentable, ya que el máximo que podrá recibir será el 50% cuando el titular del plan del Seguro Social alcance la edad de jubilación completa.
¿Un cónyuge divorciado puede reclamar los beneficios?
Sí. Una persona que está divorciada y que tuvo por lo menos 10 años casado con el titular del plan de Seguro Social podrá solicitar los beneficios conyugales. Sin embargo, algunas reglas de este sistema de salud establecen que “algunas relaciones legales no matrimoniales válidas” también pueden llegar a ser elegibles para este beneficio.
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